última comunicación CON LA EMVS OCTUBRE 2021

Estimado Sr. Dirección Adjunto le envío la denuncia hecha, ante la ocupación de personas, en la vivienda Calle Numancia, 14-16 portal 1 - 6° A, 28039 MADRID. Y siendo este asunto DE SUMA GRAVEDAD, le digo aquí viendo su ya respuesta a mi pedido, no pido ayuda. Eso si, en vista de su respuesta, le digo, llevamos, desde 1989 con este suplicio, maltrato, que ha practicado la EMVS, sobre mi y mi familia. Por favor Sr. Dirección, sin nombre y apellido: usted no lee lo que recibe?, y sin nombre y apellido, ni cargo que ostente?, enunciando tales graves amenazas?. Yo si le digo aquí , mi nombre y mis apellidos y los registros todos a la vista de una gran y grave estafa municipal, sobre mis bienes y pertenencias. Sr. Dirección, aunque siga las normativas puestas e impuestas para mi persona, le digo, no son leyes y mucho menos, donde estén algunos de los tratamientos debidos dentro de derechos humanos, no solo con los pobres. Digo Leyes constitucionales, digo; y aunque Vs Dirección puedan aplicar las derivadas (normativas) sobre mi, otra vez más, está fuera de la ley la EMVS con esas sus normativas y nomenclaturas extremas y ... Sr. Dirección, usted no se identifica en su contestación a mi correo, sin embargo, si tengo tres nombres con apellidos, participantes en esto que nos desreune, María Luisa de Frutos, Jesús Jiménez Cañas y Pedro Areitio. Si, ellos, aunque lo habrán hecho tantas de estas y es posible que no recuerden, si es un buen recordatorio en el expediente, si existe y no sólo lo que según la normativa debo, o que no estoy... No estoy en Madrid, en una cárcel, no tendría por qué dar cuenta si viajo o dejo mi casa cerrada, cuidada, con puerta blindada puesta por mi, o no? Donde vívimos, Sr. Dirección?. A un delincuente con la condicional si tiene obligación de decir donde va, o... Sin embargo.... Ya le dije el por qué pudieron entrar en mi casa, que no es mi casa, sino y reiterando lo expuesto, lo único era el contenido de ella y ustedes, responden de esta forma. Donde pareciera que ustedes me hacen responsable y por lo tanto en falta de un hecho que se trata precisamente porque los ocupadores son las familias gitanas que ustedes querian salvarlos de la delincuencia y saben que la casa es de la EMVS. No han entrado en las viviendas del mismo edificio que fueron compradas por mis vecinos. Solo en las que saben que son de ustedes. Sr. Dirección que asunto tan feo llevan adelante ustedes. Sr. Dirección, espero que se solvente su problema con este asunto y pueda usted arreglarlo de la mejor manera, porque sería lo mejor, para todos. Por tanto comprenderá, que no voy a ir a ningún juicio para defender lo que no ha sido nunca mío; así mismo, comprenderá también, que en cuanto al contenido de mi vivienda...no quedará nada. Y, aún demostrando todo, no voy a creer, que unas personas que hacen así, van a ir a trabajar, para pagar, lo que había en mi casa? ... Si bien las familias gitanas, que la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid, en sus objetivos, se proponía tratar de cambiarles la vida, cambio de la chabola por un piso, ven que no ha dado efecto, la política de la EMVS DE MADRID. Si ha dado efecto que a propietarios como en mi caso, de suelo y casa, los conviertan las normativas enpobres para siempre y llegado el caso, como el actual, en delincuentes?. Para ello han tenido que hacer mucho y con tiempo: primeramente la expropiación indiscriminada en una zona que las mismas Instituciones Públicas hicieron que bajase de nivel: nos expropiaron forzosamente a propietarios de tierra y viviendas magníficas, como eran las dos casas que construyeron mis padres, sobre un terreno que compró con escrituras, pagos catastro, IBI, etc; les quito el suelo, pagó para zona verde, me dieron para vivir, piso de realojo, sin opción a poder ser propietario y después comprenderá, Sr. DIRECCIÓN QUE ES muy facil aquí aplicar esas normativas que usted expresa sin ningún pudor en su contestación con amenazas y ... , qué se yo, también le pongo aquí, cosas que puede servirle para ver la historia oficial que ustedes manejan y la otra la de verdad: Que pierdo la posibilildad de aun más grave, que todo lo ocurrido. No puedo volver a la ciudad en la que nací, Madrid, crecí, y trabajé, por no tener casa donde habitar, ni muebles, ni objetos valiosos que suelen tener las personas que como es mi caso trabajan. Qué se puede hacer? qué significa perder la casa que me han prestado, mientras en el suelo que les entregué (300 m2), hicieron viviendas de 470.000 en la actualidad, Calle del Alerce. Verá Sr. Dirección que nada se puede hacer para cambiar el destino de una familia, ante una ilegal expropiación y una ilegal forma de hacer. documentos afines, solamente elevar este asunto grave al LA DEFENSORIA DEL PUEBLO, que creo algo funciona en cuanto a la "INDEFENSIÓN". Aquí hay una historia desde hace 31 años de continuos atropellos. Esperando sus noticias Pilar Iglesias Nicolás De: DireccionEMVS@emvs.es Enviado: jueves, 23 de septiembre de 2021 0:45 Para: pilariglesiaspsicoanalista@outlook.com Cc: DireccionEMVS@emvs.es Asunto: RV: 2 - 4212-21.- DE SUMA GRAVEDAD PIDO AYUDA 

CARTA DE LA DIRECTORA DE LA EMPRESA MUNICIPAL DE LA VIVIENDA Y SUELO DE MADRID

 Estimada Sra. Iglesias, En contestación su correo electrónico de fecha 21 de septiembre de 2021, mediante el que comunica que la vivienda arrendada, sita en la calle Numancia, 14-16, portal 1, 6° A, ha sido ocupada por terceras personas sin su consentimiento, le informamos que, como arrendataria, es usted quien ostenta la posesión de la vivienda y, por tanto, a quien corresponde presentar la correspondiente denuncia por allanamiento de morada a fin de que se proceda cuanto antes a la recuperación de la misma. Asimismo, ponemos en su conocimiento que es obligación del arrendatario destinar la vivienda adjudicada a domicilio habitual y permanente, constituyendo su incumplimiento una causa de resolución del mismo, salvo que existan causas debidamente justificadas que hayan dado lugar a la autorización expresa por parte de la EMVS. A estos efectos, la normativa reguladora de la vivienda protegida en Madrid establece que se considera domicilio habitual y permanente siempre que la vivienda no permanezca desocupada más de tres meses seguidos al año, salvo que medie justa causa debidamente autorizada por la Consejería competente en materia de vivienda. Entendemos que, en la actualidad, y sin perjuicio de que acredite lo contrario, no existen circunstancias de índole sanitaria que la impidan regresar al que debe constituir su domicilio habitual y permanente. En consecuencia, le requerimos para que en un plazo de 30 días nos aporte la correspondiente denuncia presentada en España para recuperar la posesión de la vivienda arrendada o bien un escrito firmado por usted desistiendo del contrato de arrendamiento a fin de que, una vez resuelto su contrato, la EMVS pueda iniciar el correspondiente procedimiento judicial contra los ocupantes ilegales. En caso contrario, nos veremos obligados a iniciar acciones legales contra usted para recuperar la posesión de la vivienda. Quedamos a su disposición para cualquier duda o consulta. Atentamente, S. Dirección DireccionEMVS@emvs.es cid:image001.png@01D1DDD1.460F5B90 Palos de la Frontera, 13 28012 Madrid