CRONOLOGÍA DE UNA ESTAFA AYUNTAMIENTO DE MADRID


24/07/1985 _
Ordenanza Especial Reguladora de la Cédula Urbanística
Marginal
ANM 1985\4
Tipo de Disposición
Ordenanzas municipales
Fecha de Aprobación
24/07/1985
Publicaciones
·         BO. Ayuntamiento de Madrid 05/12/1985 núm. 4636 pág.  1031-1032
·         BO. Comunidad de Madrid 26/09/1986 núm. 229 pág.  38-39
Notas
Aprobación inicial por Acuerdo Pleno de 24 abril 1985, BAM núm.4613, de 27 junio 1985, Pág.626.
TITULO I. Disposiciones generales
Artículo 1.
Constituye el objeto de la presente Ordenanza la creación y regulación de la Cédula Urbanística, conforme a lo
dispuesto en el artículo 44 del Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana,
aprobado por RDL 1/1992, de 26 de junio, artículo 168 del Reglamento de Planeamiento y de las Normas
Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid.
Artículo. 2.
1. La Cédula urbanística, que constituye una de las manifestaciones del derecho a la información de los
administrados, se configura como documento acreditativo del régimen y circunstancias urbanísticas a que está
sujeta una finca, parcela o solar del término municipal.
2. El ámbito territorial al que hará referencia la información contenida en la Cédula urbanística, será el de cada
finca, solar o parcela, en base a los datos aprobados por el solicitante y los que la propia Administración posea,
entre los que podrán incluirse los relativos a la inscripción registral.
3. La información contenida en la Cédula Urbanística comprenderá, además de las determinaciones de la
legislación vigente, las alteraciones que puedan afectarle y que se encuentren en tramitación.
Artículo. 3.
Según que la finca esté o no edificada, la Cédula Urbanística podrá ser de terreno o de edificio, aunque en ambos
supuestos se utilizarán los mismos modelos impresos, sin otra diferencia que la relativa al propio contenido de la
información.
32.- Adoptar un acuerdo del siguiente tenor literal:
Aprobar el reconocimiento de la deuda existente, por un importe de 1.499.976 pesetas, en concepto de la
modificación de las obras de urbanización del ámbito de la Colonia Hermanos García Noblejas ejecutadas
durante el año 1997; conforme a lo dispuesto en los artículos 146.4 y 60.3 de la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de
Contratos de las Administraciones Públicas, a favor de la Sociedad Fomento de Construcciones y Contratas, S.A.,
con cargo a la partida 612.00 del Remanente de Presupuesto de la Gerencia Municipal de Urbanismo de 1998.
33.- Adoptar un acuerdo del siguiente tenor literal:
Aprobar la cesión directa y gratuita de la parcela R-1, sita en el ámbito del API 12.04 “Rancho del Cordobés” ,
a favor de la Empresa Municipal de la Vivienda de Madrid, S.A., como órgano técnico de gestión de la
competencia municipal en materia de vivienda, para promoción y construcción de viviendas de Protección Oficial
en Régimen Especial, de acuerdo a los Pliegos de Prescripciones Técnicas y Cláusulas Administrativas
particulares que se aprueban en este Acto.
34.- Adoptar un acuerdo del siguiente tenor literal:
Aprobar la cesión directa y gratuita de la parcela R-2, sita en el ámbito del API 12.04 “Rancho del Cordobés” ,
a favor de la Empresa Municipal de la Vivienda de Madrid, S.A., como órgano técnico de gestión de la
competencia municipal en materia de vivienda, para promoción y construcción de viviendas de Protección Oficial
en Régimen Especial, de acuerdo a los Pliegos de Prescripciones Técnicas y Cláusulas Administrativas
particulares que se aprueban en este Acto.
35.- Adoptar un acuerdo del siguiente tenor literal:
http://www.munimadrid.es/UnidadesDescentralizadas/UDCBOAM/Contenidos/Boletin/2006/Ficheros/03082006.pdfA

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