24/07/1985 _
Ordenanza Especial Reguladora de la Cédula Urbanística
Marginal
ANM 1985\4
ANM 1985\4
Tipo de
Disposición
Ordenanzas municipales
Ordenanzas municipales
Fecha de Aprobación
24/07/1985
24/07/1985
Publicaciones
·
BO. Ayuntamiento de
Madrid 05/12/1985 núm. 4636 pág. 1031-1032
·
BO. Comunidad de
Madrid 26/09/1986 núm. 229 pág. 38-39
Notas
Aprobación inicial por Acuerdo Pleno de 24 abril 1985, BAM núm.4613, de 27 junio 1985, Pág.626.
Aprobación inicial por Acuerdo Pleno de 24 abril 1985, BAM núm.4613, de 27 junio 1985, Pág.626.
TITULO I. Disposiciones generales
Artículo 1.
Constituye el objeto
de la presente Ordenanza la creación y regulación de la Cédula Urbanística ,
conforme a lo
dispuesto en el
artículo 44 del Texto Refundido de la
Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana,
aprobado por RDL
1/1992, de 26 de junio, artículo 168 del Reglamento de Planeamiento y de las
Normas
Urbanísticas del Plan
General de Ordenación Urbana de Madrid.
Artículo. 2.
1. La Cédula urbanística, que
constituye una de las manifestaciones del derecho a la información de los
administrados, se
configura como documento acreditativo del régimen y circunstancias urbanísticas
a que está
sujeta una finca,
parcela o solar del término municipal.
2. El ámbito territorial
al que hará referencia la información contenida en la Cédula urbanística, será el
de cada
finca, solar o
parcela, en base a los datos aprobados por el solicitante y los que la propia
Administración posea,
entre los que podrán
incluirse los relativos a la inscripción registral.
3. La información
contenida en la
Cédula Urbanística comprenderá, además de las determinaciones
de la
legislación vigente,
las alteraciones que puedan afectarle y que se encuentren en tramitación.
Artículo. 3.
Según que la finca
esté o no edificada, la
Cédula Urbanística podrá ser de terreno o de edificio, aunque
en ambos
supuestos se
utilizarán los mismos modelos impresos, sin otra diferencia que la relativa al
propio contenido de la
información.
32.- Adoptar un acuerdo del
siguiente tenor literal:
Aprobar el
reconocimiento de la deuda existente, por un importe de 1.499.976 pesetas, en
concepto de la
modificación de las
obras de urbanización del ámbito de la Colonia Hermanos
García Noblejas ejecutadas
durante el año 1997; conforme
a lo dispuesto en los artículos 146.4 y 60.3 de la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de
Contratos de las
Administraciones Públicas, a favor de la Sociedad Fomento
de Construcciones y Contratas, S.A.,
con cargo a la
partida 612.00 del Remanente de Presupuesto de la Gerencia Municipal
de Urbanismo de 1998.
33.- Adoptar un acuerdo
del siguiente tenor literal:
Aprobar la cesión
directa y gratuita de la parcela R-1, sita en el ámbito del API 12.04 “Rancho
del Cordobés” ,
a favor de la Empresa Municipal
de la Vivienda
de Madrid, S.A., como órgano técnico de gestión de la
competencia municipal
en materia de vivienda, para promoción y construcción de viviendas de
Protección Oficial
en Régimen Especial,
de acuerdo a los Pliegos de Prescripciones Técnicas y Cláusulas Administrativas
particulares que se
aprueban en este Acto.
34.- Adoptar un acuerdo
del siguiente tenor literal:
Aprobar la cesión
directa y gratuita de la parcela R-2, sita en el ámbito del API 12.04 “Rancho
del Cordobés” ,
a favor de la Empresa Municipal
de la Vivienda
de Madrid, S.A., como órgano técnico de gestión de la
competencia municipal
en materia de vivienda, para promoción y construcción de viviendas de
Protección Oficial
en Régimen Especial,
de acuerdo a los Pliegos de Prescripciones Técnicas y Cláusulas Administrativas
particulares que se
aprueban en este Acto.
35.-
Adoptar
un acuerdo del siguiente tenor literal:
http://www.munimadrid.es/UnidadesDescentralizadas/UDCBOAM/Contenidos/Boletin/2006/Ficheros/03082006.pdfA
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